La Agencia Tributaria ya ha fijado las fechas de la campaña del IRPF para el nuevo ejercicio.
La declaración correspondiente a los ingresos de 2025 podrá presentarse entre el 08 de abril y el 30 de junio de 2026.
- Mediados de marzo de 2026 – Se podrá empezar a utilizar Renta Web Open, el simulador que permite introducir datos y calcular de forma orientativa si la declaración de la renta saldrá a ingresar o a devolver, antes del inicio oficial del plazo.
- 08 de abril de 2026 – Se abre el plazo para la presentación por Internet a través de Renta Web, se necesita certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
- 29 de abril al 29 de junio de 2026 – Se puede pedir cita previa para el plan “Le llamamos”
- 06 de mayo de 2026 – Empieza el plan “Le llamamos” para aquellas personas que prefieran asistencia telefónica.
- 29 de mayo de 2026 – Se puede empezar a pedir cita previa para el servicio de atención presencial en oficinas.
- 01 de junio de 2026 – Empieza el servicio de atención presencial en oficinas hasta el 30 de junio de 2026.
Cambios en el impuesto del ahorro
Hacienda ha hecho un cambio importante en los impuestos que se pagan por el dinero que se gana con inversiones, como acciones, fondos o venta de propiedades.
Si en un año ganas más de 300.000 euros por este tipo de ingresos (por ejemplo, dividendos o venta de acciones), ahora pagarás un 30% de impuestos. Antes el máximo era un 28%, así que sube dos puntos.
Los tramos más bajos no cambian. Por ejemplo, los primeros 6.000 euros siguen pagando un 19%.
Este cambio afecta sobre todo a personas con grandes inversiones o patrimonios altos.
Si cobras el SMI o el paro, lo tienes más fácil
Hay buenas noticias para quienes tienen ingresos más bajos.
- Si cobras el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o ganas menos de 16.576 euros al año, no estás obligado a hacer la declaración de la renta.
- Si ganas un poco más, puedes tener una deducción de hasta 340 euros, aunque esta ayuda se va reduciendo poco a poco y desaparece cuando se llega aproximadamente a 18.276 euros anuales.
La idea es clara: que las personas con menos ingresos paguen menos impuestos.
Cambios para quienes cobran el paro
Hasta ahora, todas las personas que cobraban la prestación por desempleo estaban obligadas a hacer la declaración, sin importar cuánto ingresaran.
A partir de ahora, esto cambia:
Solo tendrán que hacer la declaración si superan los límites generales, igual que cualquier otro trabajador.
Deducciones “verdes” y ayudas que no tributan
Se mantienen las ayudas y descuentos fiscales para quienes apuestan por el ahorro energético y el cuidado del medio ambiente. Por ejemplo:
- Instalar un punto de recarga para coche eléctrico.
- Comprar un vehículo eléctrico.
- Hacer obras en casa para mejorar la eficiencia energética (como cambiar ventanas o aislar mejor la vivienda).
Además, las ayudas públicas recibidas por personas afectadas por catástrofes naturales (como inundaciones o incendios) no tendrán que declararse como ingresos. Es decir, no se pagan impuestos por ellas.
¿Quién está obligado a hacer la declaración?
En general:
- Si tienes un solo pagador (una empresa) y ganas menos de 22.000 euros al año, no tienes que hacer la declaración.
- Si tienes dos o más pagadores, y el segundo (o siguientes) te paga más de 1.500 euros, el límite baja a unos 15.876 euros anuales.
Autónomos y otras situaciones
- Los autónomos deben hacer la declaración siempre, ganen mucho o poco.
- Las personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital también están obligadas a presentarla.
Más control sobre ingresos digitales
La Agencia Tributaria va a vigilar más los ingresos profesionales que se reciben por medios digitales.
- Los bancos tendrán que informar de los cobros que estén relacionados con actividades económicas y que se hagan a través del móvil.
- Sin embargo, los pagos entre particulares para cosas cotidianas (como compartir una cena o un regalo) no estarán bajo este control.
