Gracias al Subsidio Extraordinario los asistentes del hogar y trabajadores temporales que se hayan quedado total o parcialmente sin trabajo por el estado de alarma podrán recibir una ayuda que será de hasta el 70% de los ingresos que se hayan dejado de recibir y nunca podrá superar el salario mínimo interprofesional de 950 euros mensuales.
Por supuesto, esta ayuda extraordinaria es compatible con los ingresos percibidos por otras actividades por cuenta propia o ajena.
¿Cómo solicitarlo?
Solo hay que rellenar el formulario disponible en la sede electrónica del servicio público de empleo, el SEPE, y adjuntar la declaración responsable convenientemente firmada por los empleadores, que verifican que los datos consignados por la persona solicitante son verídicos y fotocopia del documento que acredite la identidad de la persona trabajadora y de todos los empleadores/titulares de hogar (DNI, NIE, TIE o pasaporte).
Los trabajadores temporales que no reúnan los requisitos suficientes como para percibir el subsidio por desempleo tras su despido a causa de la crisis del coronavirus podrán recibir la ayuda extraordinaria, en forma de pago único de 450 euros, aunque podría ampliarse.