Se puede facturar sin ser autónomo: ventajas y riesgos

26 junio, 2025

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¿Es posible facturar sin ser autónomo? Lo que toda empresa debe saber

Cada vez más profesionales buscan formas flexibles de trabajar: proyectos puntuales, colaboraciones freelance o encargos esporádicos. Esto plantea una duda habitual a muchas empresas: ¿puedo aceptar facturas de alguien que no es autónomo? La respuesta corta es sí, pero con condiciones. Y merece la pena conocerlas bien.

 

Cuándo se puede facturar sin ser autónomo

  1. Actividad puntual: Si el trabajo es algo esporádico y no habitual. Ejemplo: una empresa contrata a un diseñador para hacer un único cartel publicitario.
  2. Ingresos limitados: Si la persona que emite la factura no supera el Salario Mínimo Interprofesional anual.
  3. Alta en Hacienda: Aunque no sea autónomo, debe estar dado de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037.

 

Esto es legal y lo respalda el Tribunal Supremo. Pero ¡ojo!: es una zona gris que puede traer problemas si no se gestiona bien.

 

Riesgos para la empresa

  • Inspecciones de Trabajo: Si la Seguridad Social detecta que la actividad es recurrente, puede exigir las cotizaciones no ingresadas… ¡y sancionar a la empresa!
  • Responsabilidad legal: Si se considera relación laboral encubierta, la empresa podría tener que pagar cuotas atrasadas con recargo.
  • Inseguridad jurídica: La normativa no es clara al 100 %, por lo que siempre existe cierto riesgo.

 

 Alternativas para empresas

  1. Alta puntual en Hacienda: Ideal para encargos sueltos. El profesional se da de alta, emite la factura, y se da de baja.
  2. Cooperativas de facturación: Antes populares, ahora arriesgadas. Muchas están siendo vigiladas por la Seguridad Social.
  3. Plataformas intermediarias (Freelancer-as-a-service): Empresas que permiten facturar legalmente sin ser autónomo. Seguras y cómodas para colaboraciones puntuales.

 

 Consejos para RRHH y responsables legales

  • Exige siempre el alta en Hacienda.
  • Comprueba que la factura lleva correctamente IRPF e IVA.
  • Guarda toda la documentación que justifique la puntualidad de la colaboración.
  • Si la colaboración se repite, considera contrato mercantil o alta como autónomo.

 

 

El falso mito de los 3.000 €:

No es cierto que se pueda facturar menos de 3.000 € sin ser autónomo «sin problemas». El factor decisivo es la habitualidad, no la cantidad.

Si la Seguridad Social detecta continuidad o frecuencia, da igual cuánto sea la factura: puede exigir el alta retroactiva en el RETA (Régimen de Autónomos), con multas incluidas.

 

 

Por tanto, sí puedes aceptar facturas de no autónomos, pero solo si es algo puntual y bien justificado. Si la colaboración se alarga o repite… mejor que el profesional se dé de alta como autónomo o valora otras formas de contrato.

 

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