Se extiende el plazo de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones

27 abril, 2020

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Para ayudar a las empresas en el ámbito tributario debido al Coronavirus, se publica en el BOE del 15 de abril de 2020, el RD – ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, en el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado.

 

Empresas y autónomos con facturación inferior a 600 mil euros en 2019.

Se amplia el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias hasta el 20 de mayo de 2020. La medida también será aplicable a las Administraciones públicas, si bien en este caso por la configuración de estos contribuyentes, se tomará como umbral el volumen de su presupuesto.

Se amplían hasta el 15 de mayo en caso de domiciliación

Si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

Empresas y autónomos con facturación superior a 600 mil euros en 2019

No tienen ningún cambio. Todas las declaraciones trimestrales y mensuales se deben presentar antes del 20 de abril

 

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