Recientemente, se ha aclarado que el uso de la huella dactilar como método de fichaje en el ámbito laboral es ilegal en España.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un comunicado recordando a todas las empresas que el fichaje con huella dactilar vulnera la normativa de protección de datos y la privacidad de los trabajadores.
Utilizar esta tecnología sin el consentimiento explícito de los/as empleados/as constituye una infracción grave, y las empresas que lo hagan podrían enfrentarse a multas significativas.
Principales puntos a tener en cuenta:
- Consentimiento explícito: Según la normativa vigente, los empleados deben dar su consentimiento explícito para el tratamiento de datos biométricos, como la huella dactilar.
- Multas: Las empresas que continúen utilizando la huella dactilar para el fichaje sin el consentimiento adecuado se exponen a sanciones económicas considerables.
- Alternativas legales: Se insta a las empresas a buscar métodos de fichaje alternativos que respeten la privacidad de los/as trabajadores/as y cumplan con la legislación vigente.
Es esencial que todas las empresas revisen sus prácticas de fichaje y se aseguren de cumplir con la normativa de protección de datos. La privacidad de los empleados es un derecho fundamental que debe ser respetado en todo momento.
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