La excedencia voluntaria se ha convertido en una herramienta útil para quienes buscan hacer una pausa profesional.
¿Qué es una excedencia voluntaria?
Es una suspensión temporal de la relación laboral que solicita el/la trabajador/a, sin necesidad de dar un motivo que lo justifique, siempre que haya trabajado en la misma durante un año. Por tanto, el/la empleado/a deja de trabajar y ya no cotiza, y la empresa no le tiene que pagar el salario ni está obligada a reservar el puesto de trabajo, aunque sí debe tener en cuenta su derecho preferente al reingreso. El artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores regula esta excedencia.
¿Qué derechos tiene el/la trabajador/a?
- Pedir la excedencia sin necesidad de justificar el motivo.
- Elegir una duración entre 4 meses y 5 años.
- Solicitar el reingreso una vez finalizada, aunque la empresa no está obligada a reincorporarte automáticamente (solo si hay vacante).
¿Y qué derechos tiene la empresa?
-
Puede rechazar la reincorporación si no hay vacantes disponibles.
-
No tiene la obligación de reservar tu puesto durante la excedencia (a diferencia de otros tipos de excedencia como la de cuidado de hijos).
-
No está obligada a recontratarte en otro puesto diferente.
¿Puedo cobrar el paro si estoy de excedencia voluntaria?
No, porque no tienes situación legal de desempleo. Por tanto, no puedes cobrar el paro si…
-
No solicitas volver a la empresa.
-
Abandonas la excedencia sin causa o sin solicitar reingreso.
-
Pides la excedencia y luego decides no volver (renuncia implícita).
Aunque, si estando en excedencia voluntaria, trabajas en otra empresa distinta y al finalizar tu contrato por causas ajeas a tu voluntad, puedes solicitar tu derecho a la prestación por desempleo si:
- No ha finalizado la duración de la excedencia voluntaria cuando se ha producido la situación legal de desempleo. Entonces cobrarás la prestación hasta que finalice la excedencia, cuando llegue la fecha fin se suspenderá la prestación, ya que tienes que solicitar tu reincorporación a la empresa y esperar la respuesta. Si la empresa indica la imposibilidad de aceptar tu reincorporación por falta de vacante o deniega la misma en ese momento, pero admite el reingreso en una fecha futura, podrás continuar cobrando la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
¿Por qué pedir una excedencia voluntaria?
Cada vez más personas buscan fórmulas para conciliar, cuidar su salud mental, reinventarse o estudiar, sin romper completamente con su empresa. La excedencia voluntaria puede ser una alternativa legal, ordenada y estructurada para lograrlo.
Consejos de Intalentia como Consultora de RRHH
-
Valora bien tus motivos. Que la decisión no sea impulsiva: ¿necesitas una pausa o buscas un cambio?
-
Elabora un plan financiero. Durante ese tiempo no habrá ingresos ni ayudas.
-
Formaliza todo por escrito. Tanto la solicitud de excedencia como el intento de reincorporación posterior.
-
Mantén contacto con la empresa. Es recomendable seguir conectado profesionalmente.
-
Aprovecha el tiempo. Fórmate, emprende, descansa o cuida de ti, pero no lo desperdicies.
La excedencia voluntaria puede ser una poderosa herramienta para hacer una pausa profesional sin romper totalmente con tu empresa. No obstante, no garantiza el derecho al paro salvo en circunstancias concretas. Como toda decisión laboral importante, debe tomarse con visión estratégica y planificación.
En Intalentia ayudamos a profesionales y empresas a tomar decisiones laborales estratégicas. Si tu empresa necesita ayuda para encontrar el mejor talento, puede contactar con nosotros en empresas@intalentia.com
Y si estás buscando un cambio, no dudes en mirar nuestro apartado de Ofertas, donde tenemos todas las oportunidades laborales abiertas de nuestros clientes, a nivel nacional.


