Tipos de contrato con la nueva Reforma Laboral

25 marzo, 2022

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Con la nueva Reforma Laboral, los tipos de contrato de trabajo se han visto afectados por modificaciones importantes. A continuación detallamos las novedades más reseñables de cada uno de ellos.

 

Contrato Indefinido

La nueva Reforma Laboral incide en este tipo de contrato con el fin de evitar la temporalidad: se establece sin límite de tiempo. Además, introduce novedades como el período establecido para encadenar contratos y pasar a ser indefinido, teniendo un tope de 18 meses (en 24 meses). Anteriormente el límite era mucho más amplio: 24 meses en un marco de 30.

Además, esta última reforma también incluye novedades específicas para los contratos indefinidos adscritos a obra, y establece la subida del Salario Mínimo Interprofesional para los trabajadores.

En el caso de los contratos indefinidos adscritos a obra, vinculados al sector de la construcción, se especifica que al finalizar la obra el empresario tiene la obligación de realizar una propuesta al trabajador para su recolocación, en un plazo máximo de 5 días y por escrito. Por otro lado, las causas de extinción del contrato deberán producirse bajo los siguientes supuestos:

  • Falta de cualificación para obra en la provincia.
  • Inexistencia de obras en la provincia.
  • Rechazo de la recolocación por parte del trabajador.

 

Contrato Temporal

Hasta el momento existían tres tipos:

  • De obra o servicio determinado
  • Eventual (marcado por circunstancias de la producción)
  • De interinidad

A partir de ahora se verán afectados por varios cambios, que detallamos a continuación.

Desaparece el contrato por obra y servicio determinado.

Su derogación se materializará a partir del 31 de marzo de 2022 (hasta esa fecha, se puede realizar, con un máximo de 6 meses de duración). Con este importante cambio, las nuevas modalidades de contrato de duración determinada se relacionan con las circunstancias de la producción o bien con la sustitución de la persona trabajadora.

Contrato por circunstancias de la producción.

Esta modalidad  se establece para situaciones muy concretas, como oscilaciones de la actividad habitual. Su duración no podrá superar los 6 meses, ampliable a 1 año por convenio del sector.

La conversión de contrato temporal a indefinido queda definida muy claramente en la nueva reforma laboral: la irregularidad determinará la condición de indefinido del contrato. En caso de irregularidad, se determinará la condición de indefinido del contrato en cuestión, pudiendo implicar una infracción administrativa y sanciones de 1.000 a 10.000 euros por cada trabajador contratado irregularmente.

Contrato por sustitución de persona trabajadora.

Se rige por los mismos criterios que el contrato de interinidad. La novedad es que el sustituto podrá iniciar la prestación de servicios desde 15 días antes de que se produzca la ausencia de la persona a sustituir.

 

Contrato Fijo Discontinuo

Esta modalidad se utiliza por ETT y contratas y subcontratas, así como de cara una actividad estacional o de temporada. También se utiliza para periodos a fecha determinada o indeterminada.

Los trabajadores tienen, mediante este tipo de contrato, los mismos derechos que si fuese indefinido, entre ellos la indemnización por despido.

 

Clases de Contratos de Trabajo Formativos

Existen dos clases:

  • Contrato de formación en alternancia
  • Contrato para la práctica profesional

Se han marcado una serie de puntos clave sobre los que se sustentan ambos tipos de contratos formativos:

  • Acción de la Seguridad Socialabarca desde contingencias y prestaciones, hasta el desempleo y Fondo de Garantía Social.
  • Adopción, nacimiento, incapacidad temporal o riesgo durante el embarazo: son escenarios que causan la interrupción del cómputo de tiempo de la duración del contrato.
  • El convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o autonómico: determina aspectos como actividades, niveles o grupos profesionales o puestos de trabajo.
  • El contrato incluye obligatoriamente el plan formativo individual, especificando el contenido de las prácticas o las actividades de tutoría.
  • Se establecen bonificaciones en los contratos, de carácter específico para la formación y el aprendizaje.

Contrato de formación en alternancia

Su objetivo es simultanear el proceso formativo con la actividad laboral remunerada. Se aplica en los estudios universitarios, la formación profesional o en el catálogo de especialidades del SNE. Las novedades afectan a la duración del contrato (mínima de 3 meses y máxima de 2 años), el tiempo de trabajo efectivo (no puede superar el 65% de la jornada máxima durante el primer año ni el 85% durante el segundo), y no genera indemnización al finalizar, existiendo una prohibición expresa de realizar horas complementarias y extraordinarias salvo fuerza mayor.

Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

Aplicable a todas aquellas personas en posesión de un título universitario, máster profesional, certificado del sistema de formación profesional o título de grado medio o superior. Los cambios más significativos respecto a este tipo de contrato han sido: la duración (mínimo 6 meses y máximo 1 año), el tiempo establecido (pudiendo ser completo o parcial), la prohibición de horas extras (no así de las complementarias), y retribución según convenio.

En cuanto a las bonificaciones en contratos de formación y aprendizaje, se establecen las siguientes:

  • Se reducen al 100% las cuotas empresariales para empresas de menos de 250 trabajadores y al 75% para empresas con más de 250. En caso de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil los mismos porcentajes aplican como bonificación.
  • Se financia la formación con bonificaciones en las cuotas empresariales por horas de acuerdo con distintos porcentajes de la jornada laboral (25% primer año, y 15% segundo y tercer años). Como bonificación adicional se bonifican costes de tutorización (1,5 euros por alumno y hora de tutoría máximo, hasta 40 h por mes y alumno; 2 euros en empresas de menos de 5 trabajadores).
  • Se incentiva con 1.500 o 1.800 euros el paso a indefinidos durante 3 años para mujeres, y en los trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil este mismo incentivo se aplica como bonificación.

 

Todo lo que necesitas saber acerca de la nueva reforma laboral

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